El gobierno electo anunció que el empresario Harold Caballeros será su canciller. El Estado de Guatemala ratificó el Convenio de la Haya de Protección Infantil y Cooperación en Materia de Adopción Internacional en 2007.
Guatemala es parte del Sistema Internacional de Protección Integral de los Derechos del Niño desde 1990, cinco años después del fin de la última dictadura militar.
Hoy somos muchos los actores, que conocemos el Sistema Nacional de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia, institucionalizado desde la acción de la Cancillería, firmando y ratificando en democracia los instrumentos y principios jurídicos internacionales de Protección de Derechos Humanos. La legislación nacional de Protección, establece la adopción como una restitución del derecho vulnerado a tener una familia (vulnerado por las condiciones estructurales), y la Ley de Adopciones protege al niño/a durante este proceso, antes a la voluntad del abogado (colegiado activo, claro). La historia reciente muestra pues, que la acción, cualidad y voluntad de la Cancillería de la República de Guatemala son fundamentales para reconocer a los guatemaltecos/as como sujetos de derecho. Derechos inherentes e irrenunciables, establecidos por el Derecho Internacional. No es un Ministerio “menor” y requiere funcionarios y una Política Exterior, comprometidos con la dignidad intrínseca del ser humano guatemalteco.
En 2010 CICIG publica su informe sobre actores involucrados en procesos irregulares de adopciones. Entre las ilegalidades, identificó modus operandi de redes de trata de personas (y la Cancillería en 1990, compromete al Estado a proteger a la niñez contra la trata). Estas redes se componen por “jaladoras” asociadas a notarios que tramitan adopciones. Visualizó tramitadores municipales, médicos, comadronas y laboratorios donde se falsifica ADN de los exámenes pertinentes. Se presenta niños robados ante Jueces de Niñez como abandonados, para que se les declare en adoptabilidad. Que los abogados vinculados con irregularidades, aún continúan representando agencias internacionales de adopción. Que la PGN dio visto bueno (y la ley les obliga a garantizar a los niños/as protección en el proceso), a trámites notariales después de la entrada en vigencia de la nueva ley; y se constató que funcionarios de la PGN y del CNA para el control y verificación, subsanaron estas irregularidades. Que el 60% de los niños declarados por Juzgados de Niñez y Adolescencia en adoptabilidad, presentaban irregularidades en sus procesos.
Una funcionaria del CNA con quien interactuó seguido académicamente, afirma que se necesita para fortalecer el proceso y la Política Nacional de Adopciones; que se fortalezca la institucionalidad del sistema, mediante espacios de formación y sensibilización interinstitucional entre los organismos involucrados, incluidos los jueces. Que se resuelva el limbo legal en el que están cientos de niños/as cuyos casos fueron procesados en la ley anterior, más no por la actual, y por ello cumplen mayoría de edad institucionalizados sin familia, a veces en casos de discapacidad, por lo que nadie les adopta, y porque según atestigua; se prefiere a las niñas con aspecto ladino, porque “son más tranquilas”.
Sin duda que tan crucial resulta la tarea a emprender por una Cancillería al reconocer Derechos Humanos, como lo es la progresiva profundización del Sistema de Protección de estos derechos por parte de las entidades autónomas como el CNA y el Gobierno, quien nombraría para el Consejo Directivo del CNA, a un representante de la SBS y a otro del canciller. Éstos velarán porque se avance en los retos que el sistema presenta, y porque a cientos de niños/as guatemaltecos/as, se les restituya su derecho a una familia.
Acá la agenda de trabajo del Sistema de Adopciones y del gobierno siguiente. La vanguardia social deberá velar su cumplimiento.
FUENTES PARA EL ARTÍCULO:
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CICIG: 2010. Informe sobre actores involucrados en el proceso de en adopciones irregulares en Guatemala a partir de la entrada en vigor de la Ley de Adopciones: Guatemala
· UNICEF Guatemala - Boletín electrónico CABAL No.4
· Caballeros, Harold. Biografía tomada en Wikipedia desde: http://es.wikipedia.org/wiki/Harold_Caballeros
· Congreso de la República (2007). Decreto No. 77-2007 Ley Nacional de adopciones
· Convenio Relativo a la protección del niño y cooperación en materia de adopción internacional
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